El 4 de mayo de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5842/2026, que modifica el régimen de garantías exigibles para operaciones de importación y exportación en Argentina. La norma incorpora la posibilidad de constituir, prorrogar, sustituir o extinguir avales directamente desde el Sistema Informático Malvina (SIM) mediante una declaración jurada digital.
A continuación, un análisis técnico de los principales cambios y su impacto en la operación logística.
¿Qué modifica la RG 5842/2026 respecto al régimen anterior?
Hasta la entrada en vigor de esta resolución, las garantías aduaneras debían instrumentarse a través de medios externos al sistema aduanero: cauciones bancarias, pólizas de seguro o depósitos en efectivo. Esto implicaba tiempos de tramitación, costos financieros asociados al inmovilizado y dependencia de terceros.
La nueva norma agrega una vía alternativa: la declaración jurada digital dentro del SIM. El mecanismo no elimina los controles fiscales, sino que los reorganiza: el control opera de forma posterior a la operación (ex post) para los operadores con historial positivo, y se mantiene previo para los de mayor riesgo.
Importante: la aplicación no es inmediata para todos los operadores. Está sujeta a un cronograma de implementación establecido por la Dirección General de Aduanas, que se publica en ‘Garantías – Operaciones aduaneras’ del sitio web de ARCA (arca.gob.ar). Se recomienda verificar allí la fecha de habilitación antes de operar con esta modalidad.
Requisitos para acceder a la declaración jurada digital
ARCA estableció cuatro condiciones que debe cumplir el operador al momento de cada operación:
- Sin deuda exigible. No registrar deuda líquida y exigible ante ARCA.
- 2 años de antigüedad.Contar con habilitación aduanera vigente con al menos dos años de actividad en importación y exportación ante la Dirección General de Aduanas. Excepción: este requisito no aplica para quienes adhieran al régimen de la Ley 27.742.
- Sin antecedentes penales. No estar denunciado ni condenado por delitos tributarios, previsionales o aduaneros. En el caso de personas jurídicas, esta condición se extiende a sus directores, administradores o socios.
- Perfil de riesgo bajo. No figurar en las categorías de alto o muy alto riesgo en el SIPER.
A tener en cuenta: Los requisitos se verifican operación por operación. Un cambio en el estado de deuda o en el perfil SIPER puede inhabilitar el uso de esta modalidad en cualquier momento.
Efectos operativos para empresas con actividad en comercio exterior
- Liberación de capital: los fondos que antes quedaban comprometidos en cauciones o pólizas quedan disponibles para el flujo operativo.
- Reducción de pasos administrativos: el trámite se centraliza en el SIM, eliminando gestiones externas con bancos o aseguradoras.
- Menos intermediarios: al prescindir de terceros para constituir la garantía, se acortan los tiempos de habilitación de las operaciones.
- Alineación con estándares internacionales: la modalidad de declaración jurada es una práctica habitual en varios sistemas aduaneros de la región.
Impacto en la planificación de supply chain
Para empresas con operaciones regulares de importación y exportación, el cambio más relevante es la mejora en la previsibilidad del flujo de caja. Al no tener que reservar fondos para garantías externas, el capital de trabajo gana flexibilidad.
También se reduce la dependencia de plazos bancarios para la constitución y cancelación de avales, lo que puede acortar los tiempos de despacho en operaciones habituales. Esto tiene impacto directo en la planificación de inventario y en la gestión de proveedores internacionales.
Sin embargo, es importante monitorear el cumplimiento continuo de los cuatro requisitos: una variación en el estado ante ARCA puede suspender el acceso a esta modalidad sin previo aviso.
Preguntas frecuentes
¿La RG 5842/2026 aplica a importaciones y exportaciones?
Sí. La norma abarca ambas operaciones, siempre que el operador cumpla los cuatro requisitos establecidos por ARCA.
¿Puedo usar la declaración jurada digital desde ya?
No necesariamente. La aplicación está sujeta a un cronograma de implementación de la Dirección General de Aduanas, publicado en ‘Garantías – Operaciones aduaneras’ de ARCA (arca.gob.ar)
¿Desaparece el control fiscal con este cambio?
No. El control fiscal se mantiene, pero opera de forma posterior a la operación para los operadores con historial positivo. Para operadores de mayor riesgo o sin historial, el control previo continúa igual.
¿Qué pasa si un operador deja de cumplir los requisitos?
Pierde la posibilidad de usar la declaración jurada digital y debe volver a operar con los instrumentos tradicionales (cauciones bancarias o pólizas de seguro).
¿Dónde se gestiona la declaración jurada?
Íntegramente dentro del Sistema Informático Malvina (SIM) de la Aduana argentina, sin gestiones externas.
¿Cuándo entró en vigencia la norma?
La RG 5842/2026 fue publicada en el Boletín Oficial el 4 de mayo de 2026 y entró en vigencia el 5 de mayo de 2026.



