El 3 de diciembre de 2025, la Secretaría de Industria y Comercio oficializó la Resolución N° 513/2025, asignando y reasignando cupos para la importación de vehículos automotores con tecnologías de motorización alternativa. La medida, publicada en el Boletín Oficial, impacta directamente en el régimen especial establecido por las Resoluciones N° 29/2025 y 377/2025.
¿Qué vehículos están alcanzados?
La convocatoria incluye una variedad de tecnologías:
- Vehículos completamente eléctricos (100% a batería)
- Vehículos híbridos (motor a combustión + motor eléctrico)
- Vehículos híbridos mild (motor eléctrico auxiliar)
- Vehículos híbridos enchufables (plug-in)
En total, se autoriza la importación de 71 modelos de 32 marcas distintas, con un valor de origen de hasta USD 16.000.
¿Cómo se distribuyen los cupos?
El total autorizado asciende a 50.000 unidades, de las cuales:
- 19.280 unidades están destinadas a terminales automotrices
- 30.720 unidades fueron asignadas a importadores, quienes además absorbieron los cupos no utilizados por las automotrices.
Esta distribución busca dinamizar el mercado local de vehículos sustentables, permitiendo el ingreso de unidades que competirán con modelos tradicionales tanto en precio como en equipamiento.
¿Qué dice la Resolución N° 513/2025?
La resolución contiene cinco anexos clave, con el detalle del proceso de asignación:
- Anexo I: Asignación para solicitantes según el Art. 8°, inc. a) de la Res. 29/2025
- Anexo II: Asignación para solicitantes según el Art. 8°, inc. b)
- Anexo III: Reasignación de remanentes no utilizados en 2025
- Anexo IV: Orden de prelación para remanentes de 2025
- Anexo V: Orden de prelación para eventuales remanentes de 2026



